Objeto:
Convocar, durante el año 2020, la concesión de las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (Programa Operativo 2014-2020) con una tasa de cofinanciación del 50%, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a fomentar la implantación de medidas de acción positiva que favorezcan la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral y de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Castilla y León.
Beneficiarias:
Podrán ser beneficiarias las empresas, entidades sin ánimo de lucro, comunidades de bienes y personas físicas empleadoras, que realicen alguna de las actuaciones subvencionables descritas en el resuelvo segundo, en centros de trabajo ubicados en Castilla y León.
Importe y acciones subvencionables:
La cuantía máxima de la subvención a conceder, será de:
- Hasta 10.000€ si el proyecto aprobado incluye al menos una de las acciones recogidas sobre planes y acciones de igualdad.
Se considerarán acciones que promuevan la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral a través de la implantación de planes y acciones de igualdad, como:
- Implantación del plan de igualdad de la empresa, acordado con la representación legal de la plantilla, en empresas que no estén obligadas por ley a disponer del plan de igualdad.
- Realizar estudios diagnósticos de la situación de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la empresa.
- Acciones que promuevan una mayor igualdad de oportunidades en el acceso a cualquier puesto de trabajo dentro de la organización.
- Acciones que mejoren la situación de la mujer en la empresa a través de la revisión de la clasificación profesional, igualdad en materia retributiva, tipología de contrato.
- Actuaciones dirigidas a prevenir el acoso sexual y por razón de sexo así como a establecer protocolos de actuación referidos a los mismos.
- Actuaciones dirigidas a implantar un uso inclusivo del lenguaje en la comunicación interna y externa y a promover una publicidad no discriminatoria y exenta de estereotipos de género.
- Actuaciones dirigidas a la formación específica para mujeres que les permita ocupar puestos de mayor responsabilidad o acceder a puestos de trabajo en los que la presencia de la mujer es minoritaria, y acciones que favorezcan la presencia de las mujeres en áreas y niveles en los que estén subrepresentadas.
- Actuaciones de formación y sensibilización en igualdad de oportunidades y no discriminación entre mujeres y hombres, dirigidas al personal de la entidad
- Hasta 2.500€ si el proyecto aprobado incluye al menos una de las acciones recogidas sobre conciliación de la vida personal, laboral y familiar.
Se considerarán acciones que promuevan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Castilla y León, como:
- Realizar estudios diagnósticos de la situación de la conciliación de la vida familiar y laboral en la empresa.
- Acciones de formación, información y sensibilización dirigidas a la plantilla sobre la conciliación de la vida familiar y laboral.
- Incorporación de sistemas de trabajo y desarrollo de nuevas tecnologías que permitan la implementación de medidas de conciliación.
- Acciones para impulsar que los hombres de la plantilla se acojan a las medidas de conciliación de la empresa.
- Implantación de flexibilidad horaria, de al menos una hora, en las horas de entrada y salida del centro de trabajo.
- Implantación de la jornada de trabajo continúa.
- Implantación de hora de finalización de la jornada antes de las 18:00 horas.
- Implantación de sistemas de compensación de días y/o horas.
- Implantación de jornada intensiva o flexible algún día de la semana.
- Implantación de jornada intensiva en periodos coincidentes con las vacaciones escolares.
- Implantación de permisos especiales en casos de necesidades familiares.
- Implantación de teletrabajo.
- Implantación de jornadas semanales comprimidas que posibiliten flexibilizar el reparto de horas diarias.
- Implantación de la adaptación horaria que se haya solicitado por parte de las trabajadoras y trabajadores más allá de lo exigido por Ley.
- Hasta 12.500€ si el proyecto aprobado incluye tanto al menos una acción de sobre conciliación de la vida personal, laboral y familiar, como al menos una acción sobre planes y acciones de igualdad.
Cada solicitante solo podrá presentar una única solicitud en la que pueden incluir actuaciones tanto de las líneas de conciliación como de igualdad o solo de una de ellas.
No serán subvencionables las medidas derivadas de la aplicación de los mínimos establecidos en la legislación laboral o en convenios colectivos con vigencia anterior a la fecha en la que se solicita la subvención.
Plazo:
Desde el 10 de agosto hasta el 4 de septiembre de 2020.
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